Licencia de primera ocupación

Están sujetas a licencia de primera ocupación o utilización, las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación y restauración general de los edificios con uso residencial. Asimismo están sujetos a licencia de primera ocupación los edificios sin uso, categoría o clase definido en la licencia de obras o de edificación resultantes de obras de nueva edificación y reestructuración general y en los que se desarrollen actividades inocuas, sin perjuicio de la posterior licencia de actividad si procede.

Tiene por objeto acreditar que las obras e instalaciones han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que las licencias fueron concedidas y que se encuentran debidamente terminados y aptos, según las determinaciones urbanísticas de su destino específico.

Una vez finalizada la obra, se acreditará el cumplimiento de la condición a los efectos de la eficacia de la licencia de primera ocupación, presentándose a la Administración municipal certificación final de obras suscrita por el técnico director de las mismas, donde además se declare la conformidad de lo construido a la licencia en su día otorgada.

Ubicación

Maral Arquitectos

Tfno.: 91 407 73 54
       / 91 436 34 85
Fax: 91 435 89 40
Móvil: 666 628 437



C/ Alcalá nº 155, 1ºJ
28009 Madrid

 



C/ Nanclares de Oca, 1C - bajo F
28022 Madrid

MARAL PRODUCCIONES MUSICALES S.L. La productora musical Maral Producciones Musicales...
MARAL ABOGADOS S.L.P. Despacho de abogados en Madrid y en...
MARAL ARQUITECTOS En nuestro estudio de arquitectura estamos especializados en...
MARAL MULTIMEDIA S.L. Maral Multimedia es una empresa de creación,...
EDICIONES MARAL Ediciones Maral es un sello discográfico independiente especializado...
MARAL ANÁLISIS E INVERSIONES S.L. Maral Análisis e Inversiones ofrece...